En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Eduardo Sánchez Salamanca acuerda el sobreseimiento al entender que no existen "indicios suficientes de la comisión de hechos susceptibles de responsabilidad penal".
"La instrucción realizada no puede sino quedar archivada ante la insuficiencia de las actuaciones para acreditar actuación superior a un defecto de carácter administrativo, difícilmente imputable a la investigada en su condición de alcaldesa", señala, haciendo referencia a que el pleno municipal acordó denegar la autorización en julio de 2016, pero no fue hasta julio de 2017 cuando fue comunicada.
Por tanto, entiende la tardanza en la comunicación de la denegación de la autorización como el producto del "mal funcionamiento al respecto del Ayuntamiento, resultando excesivo deducir de ello consecuencias criminales del mismo".
Por último, advierte de que desde la denuncia consta una "confrontación" entre el PP y la alcaldesa, por lo que considera que ha de ser extremarse el cuidado a la hora de identificar los indicios de delito para que la causa no pueda usarse como "instrumento con fines electorales".
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